Servicio de Mediación Civil y Mercantil

Servicio de Mediación Civil y Mercantil

Este servicio de Mediación Civil y Mercantil abarca ámbitos como familia, herencias, escolar, etc.
A pesar de que la Mediación Civil y Mercantil ha sido regulada en España recientemente, por Ley de 6 de julio de 2012, el despacho,  cuenta ya con un Área de Mediación, siendo una solución pacífica de conflictos. Aunque todavía es una figura no muy conocida y existe escasa experiencia en España.
La mediación es sin duda uno de los más importantes servicios que puede prestar un despacho de abogados a sus clientes. Con la mediación se consigue resolver un conflicto con un ahorro de tiempo, con un coste económico reducido y minimizando las consecuencias que para la salud de las personas suele suponer el mantenimiento de un litigio ante los tribunales en un prolongado espacio de tiempo, sobre todo cuando en el proceso judicial se ventilan aspectos emocionales de las personas, lo que no solo ocurre en los procesos propiamente familiares como los divorcios o los conflictos generados por las herencias, sino también en aquellos que surgen en las relaciones vecinales o en el ámbito de las sociedades mercantiles, cuando, como ocurre con la gran mayoría de las sociedades en España, son de origen familiar.
Un proceso de mediación no suele necesitar más de un dos meses  para llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas partes, frente a los prolongados procesos judiciales que en muchas ocasiones se cuentan por años.
La solución que se alcanza en la mediación es adoptada por ambas partes de común acuerdo, no depende por tanto de la decisión de un tercero como en el arbitraje o cuando resuelve un juez. En este medio de resolución de conflictos, el tercero (el mediador), no decide sino que ayuda a las partes a alcanzar un acuerdo beneficioso para ambas, apoyando a las partes, con su experiencia y preparación técnica, a buscar soluciones que las partes probablemente nunca lograrían por sí solas.